EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA...
Y LA CIUDAD QUE HABITAMOS
¿Qué es, para qué sirve y cómo nos afecta un PGOU?
El Ayuntamiento de Valladolid está revisando el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).Para la ciudadanía éste es un documento complejo, indescifrable y reservado para “expertos”. Además, cuesta trasladar lo que aparece en planos y papeles a la ciudad “real”, sobre la que vivimos todos y todas.
Este documento pretende aclarar siquiera mínimamente qué es, para qué sirve y qué repercusiones tiene para la ciudad y el vecindario un Plan General de Ordenación Urbana.
¿QUÉ ES UN PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA?
Es un documento que, mediante normas, (escritas o gráficas) recoge un proyecto de ciudad, de asentamiento urbano. Nos indica qué modelo de ciudad se desea, cómo queremos que se desarrolle en un futuro. El PGOU afecta a la totalidad del término municipal; por lo tanto, se incluyen tanto espacios urbanos (la ciudad) como rústicos (el campo).
A esa norma deben adecuarse otros planes más concretos, las licencias del ayuntamiento, etc. El desarrollo del PGOU se logra mediante actuaciones físicas (obras) y jurídicas. Se podría decir que es la “Constitución Urbanística” del municipio.
¿CÓMO “FUNCIONA” EL PGOU?
La principal herramienta del Plan es la clasificación de todo el suelo del municipio, señalando qué se puede hacer y qué no sobre el mismo. Para esta clasificación del suelo se deben respetar normativas estatales, autonómicas y de otros tipos (carreteras, costas, dominio hidráulico,…).
Cualquier finca debe estar incluida en alguna de las siguientes clases de suelo:
- Suelo urbano: la ciudad existente, que cuenta con todos los servicios. En este tipo de suelo se puede edificar solicitando la correspondiente licencia. Se regula su uso (residencial, industrial, equipamientos públicos, etc.) al detalle: qué se pude edificar, la forma concreta de hacerlo, qué actividades se pueden desempeñar, conforme a qué normativa, etc.
- Suelo urbano no consolidado: partes de la ciudad existente que necesitan una renovación o completar su urbanización antes de poder edificar. Necesita planeamiento de desarrollo de modo que no se puede pedir licencia mientras éste no esté aprobado.
- Suelo urbanizable: bolsas de suelo a urbanizar, las áreas de crecimiento (residencial, industrial…). Por ahí irá el futuro de nuestra ciudad. El PGOU debe establecer cómo se va a urbanizar la zona, que se concreta en el correspondiente Plan Parcial. También debe lograr la equidistribución de cargas y beneficios: todos los propietarios de suelo de una determinada zona deben verse beneficiados del mismo modo, con independencia de que a uno le toque en su parcela un parque público y a otro una torre de apartamentos.
- Suelo rústico: es el que no se urbaniza. En muchos casos se trata de zonas naturales de especial protección.
El actor principal es el Ayuntamiento. Son las Corporaciones municipales las que impulsan los Planes, su elaboración y tramitación, aunque en último término deben ser aprobados por la Comunidad Autónoma.
En la elaboración del PGOU hay distintas fases:
- Avance: no es obligatoria, pero sirve como punto de partida, informando a la ciudadanía de los objetivos y propuestas generales del Plan.
- Aprobación inicial: este documento ya contiene toda la normativa, planos y sistema de gestión del planeamiento. Se aprueba por el Ayuntamiento y debe contar con el informe favorable de otros organismos. Una vez aprobado, el documento se somete a información pública (cualquier persona tiene un plazo para ver la documentación y presentar las alegaciones que considere convenientes).
- Aprobación definitiva: una vez resueltas las alegaciones presentadas, y si el documento cuenta con el visto bueno de la Comunidad Autónoma, ésta aprueba definitivamente el PGOU.
¿CÓMO AFECTA EL PGOU A LA CIUDAD, A MI BARRIO?
En primer lugar los Planes deben tener en cuenta los mandatos de la Constitución, que buscan impedir la especulación, conseguir que las personas dispongan de vivienda digna, obtener plusvalías para de la colectividad, y en general una mejor calidad de vida (infraestructuras, servicios públicos, etc.).
Esto se concreta en unos estándares mínimos que afectan, por ejemplo, a la obligación de edificar un porcentaje de viviendas protegidas, reservas de espacio para dotaciones (sanidad, educación, servicios sociales…), espacios libres (parques, jardines…), etc., y que pueden incrementarse si el Ayuntamiento lo decide.
Pero, además, el modelo de ciudad propuesto por el PGOU tiene repercusiones económicas, de calidad de vida, de acceso a los servicios, que afectan al conjunto de la ciudadanía.
Simplificando mucho, se puede afirmar que hay dos modelos básicos de ciudad: la ciudad compacta y la ciudad dispersa.
- Ciudad compacta: en continuidad con la ciudad existente, con una dimensión y densidades de vivienda que facilitan la prestación de los servicios urbanos sin que suponga gasto elevado: saneamiento y abastecimiento de agua, recogida de basuras, transporte público, equipamientos…
- Ciudad dispersa: se urbaniza una gran cantidad de suelo, en ocasiones atendiendo a intereses particulares de los propietarios del mismo, con una densidad de edificación muy baja (urbanizaciones de vivienda unifamiliar), y alejado de la ciudad que ya existe. Quienes viven en esas zonas tienen derecho a contar con los mismos servicios que el resto de la ciudadanía, pero es mucho más costoso, por la distancia, y por la reducida población a la que sirven. Aun así, hay que hacer colegios, instalar alumbrado, recoger la basura, facilitar el transporte público, etc.
El PGOU regula también otros aspectos que determinan cómo es el espacio que habitamos, como por ejemplo:
- La densidad de la edificación y los usos de la misma (vivienda, comercio, oficinas, industria…). También establece qué actividades son compatibles entre sí y cuáles no.
- El trazado y urbanización de calles, plazas, jardines, y el establecimiento de recorridos urbanos.
- La renovación y rehabilitación de edificios existentes, desde el punto de vista arquitectónico y energético.
- La mejora de la calidad de vida, estableciendo unas condiciones mínimas para las viviendas, dimensiones de aceras, calles, plazas, el aparcamiento de vehículos, etc.
Por lo tanto, es necesario que la ciudadanía se implique en los procesos de elaboración y revisión del PGOU, participando activamente en los procesos de información pública, presentando sugerencias, alegaciones. Pero también en el día a día, en la calle, en las asociaciones, debatiendo sobre la ciudad y las necesidades concretas de sus habitantes. No debemos conformarnos con aceptar lo que se nos propone argumentando que no somos técnicos, que no sabemos. Porque la ciudad es de todos y todas, sabemos lo que nos gusta de ella y lo que no, y deberíamos construirla de forma colectiva, que es en definitiva la forma en que la utilizamos. ¡Acude a la Asociación Vecinal de tu barrio para participar en el urbanismo de Valladolid! |
Texto elaborado por la Comisión de Urbanismo, Vivienda y Movilidad de la Federación de Asociaciones Vecinales de Valladolid.
Publicado en la web de la Federación de Vecinos de Valaldolid
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